He encontrado a veces a algunos compositores que están empezando en el negocio de las canciones y que están muy entusiasmados porque firmaron el contrato de una canción o de un catálogo de canciones a una editora, sin recibir nada a cambio.
Es muy gratificante asociar nuestro nombre a una compañía mediana o grande o a un artista famoso o semi-famoso que también tiene editora. He escuchado a muchos autores decir “le firme 25 canciones a la editora tal o cual ”…”me prometieron que las van a promover y que van a conseguir muchas grabaciones. Incluso algunas de mis canciones van a ser sencillos del artista tal o cual”. Lamentablemente, en muchos casos, no recibieron nada concreto por firmar y las promesas no se cumplieron. ¿Te suena?¿Te ha sucedido?
Es importante entender que las regalías de ejecución pública (radio, conciertos, bares, hoteles, restaurantes, etc.) generadas por una canción se dividen en dos partes: un porcentaje para el autor y un porcentaje para la editora. Por eso muchos autores-compositores tenemos nuestra propia editora y cuando esto es posible ponemos nuestras canciones en nuestra editora.
En Estados Unidos la regalías de ejecución pública se pagan automáticamente en dos partes iguales: 50% para el autor y 50% para la editora (a menos que se especifique de otro modo en el contrato y se le notifique a la sociedad autoral correspondiente a la hora de registrar la obra).
En México este porcentaje es variable y negociable. Yo he firmado contratos con la ejecución pública al 60% (autor) - 40% (editora), 65% - 35 %, 75% - 25%, e incluso 80% - 20%. Muchas veces la editora quiere cobrar el 100% de la ejecución pública y luego pagarle su porcentaje al compositor. Desde mi punto de vista esto no es conveniente porque genera demoras y complicaciones innecesarias. Es mejor tener una relación personal con tu sociedad autoral. Por lo tanto es importante especificar en tu contrato que quieres cobrar tus regalías de ejecución pública directamente de tu sociedad autoral.
Pero volviendo al tema principal de este video, la función primordial de una editora es administrar las regalías mecánicas y también negociar y administrar las regalias de sincronización de una canción. (En futuros artículos hablaré de los diferentes tipos de regalías). A veces también pueden promover tus canciones y conseguirte grabaciones. También ayudarte a componer con otros compositores, organizar talleres de composición y eventos que benefician tu carrera de compositor, porque esto les beneficia también a ellos.
Entonces, si una editora consigue que una de tus canciones sea grabada por un artista y se va a encargar además de cobrar, administrar, entregarte reportes y pagarte tus regalías en tiempo, en este caso si tiene sentido firmarle dicha canción. También se justifica hacerlo cuando una editora te da un cierto adelanto de regalías (dinero) por una o varias de tus canciones, porque cree en el potencial que tienen, cree en tu talento y porque confía en que va a recuperar su inversión. Sino te está ofreciendo algo real y concreto….no hay razón para firmarle una canción a una editora.
No tiene sentido firmar una canción por la sola promesa de que van a promoverla y conseguirle buenas grabaciones o de que va a ser el sencillo de su artista (en el caso de los artistas o grupos que tienen editora). Además en Estados Unidos cuando firmas una canción es para toda la vida (a menos que se negocie la cantidad de años y se especifique esto en el contrato. Lo cual es perfectamente posible).
En México se puede firmar una canción por 15 años como máximo. (Pero, lamentablemente, algunos contratos vienen con trampas que podrían llegar a extender el contrato indefinidamente, como es el caso de algunas importantes televisoras).
Una buena opción, si una editora está interesada en una de tus canciones, o en varias, o en tu talento, es firmar un acuerdo de promoción donde la editora tiene la exclusividad para promover la canción por uno o quizás dos años. Si te consigue una buena grabación (esto también se puede especificar en el acuerdo) le firmas tu canción con un contrato previamente negociado y bien especificado. Si no consigue nada después del lapso estipulado, la canción queda liberada y todos amigos como siempre.
Ojalá te haya sido util este video. Si tienes dudas por favor escríbelas en los comentarios.